COMO REALIZAR EL JUICIO DE ALIMENTOS
Los alimentos son
debidos a los hijos desde la concepción hasta la mayoría de edad e inclusive más
allá de la tenencia si continúan sus estudios.
Es
importante destacar que dentro del concepto de alimentos no solo se encuentran
comprendidos los recursos indispensables para la subsistencia y custodia del
hijo teniendo en cuenta solo sus demandas orgánicas alimentarias, sino también
los tendientes a permitirle al alimentado un desarrollo integro que le permita
el día de mañana un desenvolvimiento acorde al tiempo que le ha tocado vivir, y
que pueda prepararse para competir en un mercado de trabajo que cada
día exige más a sus oferentes.
En tal orden de ideas la asistencia de alimentos, no comprende solo la aceptación de recursos económicos dinerarios, en especie.
Los alimentos para los hijos son fijados por la vía de la mediación o reclamos mediante juicio. En caso de no haber acuerdo, son fijados a través de demanda judicial atendiendo los ingresos del alimentante y las necesidades del alimentado. También se tiene en cuenta, para su fijación, las condiciones de vida de las que gozaba el menor antes de la separación de sus padres, las que normalmente se respetan.
mas informacion......http://es.wikipedia.org/wiki/Juicio
No hay comentarios:
Publicar un comentario