viernes, 12 de abril de 2013

CLASIFICACION DE LA LEY



Clasificaciones de la ley
  • En sentido material y formal: esta diversificación en material y formal se particulariza por observar cuál es el contenido de la ley y cuál el origen de la misma
    • Material es toda norma general y obligatoria, emanada de autoridad competente.
    • Formal es toda norma emanada desde el congreso conforme al mecanismo constitucionalmente determinado.
  • De derecho estricto y de derecho equitativo, también se denominan rígidas o flexibles. En las primeras la norma es taxativa y no deja margen para apreciar las circunstancias del caso concreto ni graduar sus consecuencias. En las segundas, resultan más o menos indeterminados los requisitos o los efectos del caso regulado, dejando un cierto margen para apreciar las circunstancias de hecho y dar al Derecho una configuración adecuada al caso concreto.
a) Por el sistema al que pertenecen: Internacionales; Nacionales; provinciales; locales b) Según el modo de operar: Permisivas: son aquellas disposiciones que autorizan, permiten a un sujeto realizar determinadas conductas. Prohibitivas: son aquellas que vedan, niegan al sujeto la posibilidad de realizar determinados actos o de tener ciertas conductas. Declarativas: son aquellas cuyo contenido encierra definiciones. "Son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones". c) Según cómo actúa la voluntad individual: Imperativas son leyes que se imponen a la voluntad individual o colectiva, que no dan opción para el sujeto. Supletorias son leyes que rigen solamente cuando las personas no expresan su voluntad en otro sentido. Están estrechamente ligadas al principio de autonomía de la voluntad.
Algunos tipos de leyes son:
  1. Ley fundamental es la que establece principios por los que deberá regirse la legislación de un país; suele denominarse constitucion. La Constitución es la norma suprema del orden jurudico, ya que está por encima de cualquier ley
  2. ley organica cuando nace como consecuencia de un mandato constitucional para la regulación de una materia específica.
  3. ley ordinaria, entre las que se incluye la ley presupuesto..

No hay comentarios:

Publicar un comentario